“Es imperioso contar con coberturas adecuadas en el seguro de RC Automotor”

En este artículo, el Dr. Guillermo H. Bolado, Abogado y ex Vicesuperintendente de Seguros de la Nación, alerta sobre la insuficiente cobertura de RC Automotores y sus consecuencias.

Las indemnizaciones fijadas actualmente por los tribunales, en juicios por accidentes que provocan incapacidad y/o muerte, muchas veces superan las coberturas ofrecidas en las pólizas de responsabilidad civil automotor vigentes en nuestro país. Este desajuste es preocupante, ya que la suma asegurada actual, de 80 millones de pesos para automóviles y camionetas, establecida por la Resolución 505/2023 (art.8, inc.1), equivale aproximadamente a solo 60,000 dólares, el valor más bajo registrado en los últimos 30 años.

Hace tres décadas, las pólizas de seguro de responsabilidad civil automotor «voluntario» establecían coberturas de hasta 3 millones de dólares. Sin embargo, debido a la inflación y a las sucesivas devaluaciones, esa cifra máxima se ha reducido a los actuales 80 millones de pesos, apenas 60,000 dólares, lo que representa solo el 2% de la cobertura original.

En el contexto del Mercosur, la suma de responsabilidad civil exigida asciende a 300,000 dólares. Esto implica que, en un siniestro transfronterizo, un vehículo argentino cubriría indemnizaciones hasta cinco veces superiores a las que pagaría en nuestro país.

En 2016, la disruptiva Resolución SSN 39927 permitió a las aseguradoras ofrecer coberturas superiores a las establecidas por el regulador, representando una oportunidad superadora para el mercado. A pesar de esto, solo unas pocas compañías ofrecieron coberturas ampliadas, por un costo adicional mínimo, pues está probado actuarialmente que, a diferencia del impacto los daños materiales -chapa y pintura y robos-, el monto de responsabilidad civil incide en menor proporción en el costo del seguro. Infelizmente, la masa de las compañías no potenció esa gran oportunidad y se mantuvo ofreciendo sólo la fijada.

La Resolución SSN 505/2023 actualizó la suma asegurada en 80 millones de pesos a partir del 1 de enero de 2024, con la promesa de un nuevo ajuste en abril de ese mismo año. A pesar de que la inflación superó el 100% en ese periodo, dicha adecuación aún no se ha materializado.

La Insuficiente Cobertura y sus Consecuencias

En caso de producir un siniestro, la cobertura actual luce insuficiente ya sea para cubrir los costos de reparación y/o reposición de algunos vehículos, o para afrontar gastos médicos y/o abonar indemnizaciones por fallecimientos y/o lesiones.

Si lo que se debe cubrir es la incapacidad total y permanente, de por vida de una víctima de accidente de tránsito, no será posible con el exiguo monto vigente.

Frente a esta deficiencia, el asegurado se verá obligado a responder con su propio patrimonio por las sumas que excedan los 80 millones de pesos, lo que quebranta el principio básico del seguro que es: “mantener indemne al asegurado”.

Otro impacto adverso colateral, se genera con el conflicto de intereses que nace entre la aseguradora y el asegurado cuando las indemnizaciones reclamadas superan la bajísima suma actual. En estos casos, la aseguradora sólo responderá al pago de indemnizaciones por monto de 80 millones de pesos, y todo lo que supere esa cifra (rebasada en casi todas las actuales demandas incoadas por invalidez y/o muerte) estará en cabeza del propio asegurado.

Dado este escenario, los jueces disponen que, para garantizar el derecho de defensa en juicio, sea el asegurado quien contrate su propio abogado, en tanto la aseguradora defenderá los intereses sólo hasta el monto de cobertura estipulado en la póliza y no más allá.

Además, este límite actual de cobertura de RC automotor, ni siquiera alcanza para cubrir un siniestro cubierto por del sistema de riesgos del trabajo. Recientemente, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, mediante Resolución 55/2024, dispuso que el “piso” mínimo de prestaciones dinerarias por fallecimiento de un trabajador (no se contabiliza la prestación del art 3 de la ley 26773), sea elevado a la suma de $ 92.832.022,00. Es decir, que el sistema de riesgos del trabajo reparará una muerte por encima del mínimo 92 millones de pesos, y el sistema civil de responsabilidad civil automotor, con su máximo actual, ni siquiera lo podrá cubrir. En el sistema de ART sí que se adecúan los montos mínimos (para que las reparaciones integrales tengan sentido, sean integrales y suficientes), pero en el sistema de seguros patrimoniales no se sigue el mismo criterio.

Resistencia a Incrementar las Coberturas

Existen dos pretextos -que no comparto- que vienen frenando la mejora de las coberturas.

En primer lugar, se alega que incrementarlas encarecería las primas, y los consumidores no estarían dispuestos a asumir ese costo. En segundo lugar, algunos temen que mayores coberturas puedan disparar las indemnizaciones, elevando el valor de los reclamos actuales y del stock de juicios.

Esas hipótesis son desechadas por la experiencia de la Unión Europea, donde las coberturas de responsabilidad civil de automóviles alcanzan los 40 millones de euros, y el precio mensual de las pólizas es similar al de nuestro país para vehículos de valores equivalentes.

La diferencia de precio/cobertura entre europa y nuestro país se explica por varias razones: menor siniestralidad, mejor infraestructura vial, estabilidad macroeconómica, un sistema judicial más predecible gracias a un baremo unificado, mayor lucha contra el fraude, menores cargas impositivas y costos administrativos y comerciales más reducidos.  

Reparación integral

Garantizar una cobertura mínima suficiente de responsabilidad civil automotor, que cubra eficazmente los daños materiales y los perjuicios personales a terceros resulta imprescindible.

Si el sector asegurador no cumple con su función primaria de reparar satisfactoriamente los daños asegurados, las consecuencias recaerán luego sobre la sociedad en su conjunto. Las víctimas que no reciban indemnización integral podrían requerir posteriormente su atención en el sistema de salud pública o exigir pensiones por discapacidad, lo que implicaría una carga adicional e inadmisible para el contribuyente.

El regulador debe abordar las causas subyacentes para evitar que la cobertura actual siga perdiendo valor. No se trata sólo de actualizar la suma vigente sino de elevarla ostensiblemente como nuevo “piso” y no “techo”, enfocándose en mejorar la eficiencia del sector, que lamentablemente hoy sólo devuelve en pagos de siniestros menos del 50% de lo que recauda por primas.

Con coberturas suficientes, que mantengan indemne a los asegurados y que reparen eficientemente a los terceros, se fortalecerá al sector asegurador, que podrá recuperar su posición clave para el desarrollo nacional, en beneficio de las personas, las familias, las empresas y del propio Estado.

Dr. Guillermo H. Bolado 

Abogado y ex Vicesuperintendente de Seguros de la Nación.

Dr. Guillermo H. Bolado

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